¿Qué hacer cuando eres extranjero y te acoges al paro?
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mayo 27, 2019En este artículo vamos a abordar una creencia errónea que, por desgracia está muy extendida. Se trata de la creencia de que ya no tengo que renovar mis papeles porque ya solicité la nacionalidad. En términos generales, la nacionalidad se adquiere por residencia cuando se han cumplido unos mínimos plazos que establece el código civil para aceptar la solicitud. Sin embargo, durante toda la tramitación de la nacionalidad, un proceso que puede tardar años, es necesario mantener al día la documentación que nos da derecho a residir en España legalemente.
¿Qué nos da la habilitación para estar en España de manera legal? Pues nuestro permiso de residencia. Si caduca, siendo residente legal con carácter temporal o de larga duración, es nuestra obligación obedecer las directrices que da la ley de extranjería de los plazos en los que tenemos que presentar la renovación.
Recordemos que las renovaciones de los papeles se deben hacer 60 días antes de la caducidad e incluso 90 días después de esta fecha de caducidad exponiéndonos, eso sí, a una pequeña sanción económica por el hecho de retrasar este procedimiento.
Pero lo que no podemos hacer bajo ningún concepto es perder, durante el trámite de la nacionalidad, el interés en mantener nuestra residencia. ¿Por qué? Pues porque cuando llegue el momento en el que se evalúe nuestra solicitud de nacionalidad se tendrá en cuenta cómo hemos aprovechado el permiso de residencia del que disponíamos, si lo hemos renovado o no. Si nuestro permiso de residencia no está en vigor, es muy probable que la solicitud de nacionalidad se vaya a denegar.
Por lo tanto, si no renovamos nuestros papeles mientras dure el proceso de solicitud de la nacionalidad, nos exponemos a quedarnos sin la documentación que nos habilita para estar en España y también la posibilidad de adquirir la nacionalidad española.
Este es un mito muy extendido que hay evitar. Tenemos que asegurarnos de que nuestro permiso de residencia no se caduca nunca, independientemente de los trámites que se estén realizando simultáneamente.