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junio 12, 2018El pasado 30 de marzo se celebró el Día Internacional de la Empleada del Hogar. Desde Gómez Navas Abogados queremos destacar la labor de este colectivo tan importante y al mismo tiempo recordar sus derechos laborales ya que, desgraciadamente, con frecuencia se producen situaciones de abuso por parte de los empleadores.
De las 700.000 trabajadoras (90% mujeres) del hogar que residen en España, sólo 420.000 están dadas de alta a pesar de que esto es obligatorio desde 2012. Es fundamental que, si usted está ejerciendo como empleada del hogar, su empleador le dé de alta. De ese modo sus derecho estarán garantizados. No estar dada de alta supone un grave perjuicio para sus derechos laborales y la hace más vulnerable al abuso.
Sus derechos como trabajadora
Todos los trabajadores tienen derecho a 30 días de vacaciones, eso es sagrado y no es negociable, usted tiene derecho a sus 30 días de vacaciones, de hecho, si usted quisiese renunciar, la ley no le permite renunciar a sus vacaciones. Tiene derecho también a cobrar su salario mínimo y como mínimo dos medias pagas adicionales al año.
Si usted tiene pendiente reclamar alguna cantidad o derecho debe saber que la ley le permite un plazo de un año para reclamar, por ejemplo sus derechos vacacionales o las cantidades derivadas de las pagas extras. Lo que usted no haya reclamado dentro de ese año, se pierde, ese es el gran problema, incluyendo las vacaciones que se deben disfrutar como regla general entre enero y diciembre. Si no se disfrutan las vacaciones dentro de ese periodo y salvo algunos acuerdos o excepciones pues se pierden.
En lo que se refiere a las cantidades, por ejemplo si a usted le debían la paga extra del diciembre de 2013, pudo haber reclamado hasta diciembre de 2014, llegado enero de 2015 se habrá pasado el plazo.
Hay que estar muy atento a hacer valer nuestros derechos para evitar abusos.
Recuerde, y esto es fundamental, que usted tiene derecho a la baja por enfermedad. Si usted cae enferma y falta al trabajo a consecuencia de ello, ese día no se le puede descontar de su salario.
En el caso de despido la indemnización que le corresponde va a oscilar dependiendo del tiempo que se ha estado trabajando, entre los 13 días de salario por año de servicio o la máxima para empleadas del hogar que son 20 días de salario por año trabajado.